Ley 21.600 – SBAP

¿Qué es?

Es una norma jurídica (ley) que crea El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SBAP) constituyendo un órgano que viene a complementar y robustecer la institucionalidad ambiental del país.

Su objeto es la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural en nuestro país, mediante la preservación, la restauración y el uso sustentable de genes, especies y ecosistemas ( Art.1 Ley N°21.600). Para lograr lo dicho, esta norma determina principios como área protegida, corredor biológico, reserva de la biósfera, turismo ambientalmente responsable, entre otros (Art.2 Ley N°21.600). Además, establece responsabilidades tanto a órganos estatales como a particulares, estableciendo procedimientos y sanciones en caso de incumplimiento (Art.109 Ley N°21.600).

¿Cómo funciona?

  • La ley crea el Servicio de biodiversidad y Áreas protegidas (SBAP), el cual tiene la finalidad de llevar a cabo los principios señalados en el art. 2  de la ley. El Servicio depende del Ministerio del Medio Ambiente, con direcciones regionales y provinciales.
  • En caso de infracción a los preceptos establecidos, la ley señala la forma de realizar la denuncia correspondiente y un proceso de carácter administrativo para sancionar, preservar y restaurar dependiendo del caso (Arts. 109 y siguientes Ley N°21.600).
  • Es importante señalar que la denuncia la puede realizar cualquier persona, esta se debe hacer por escrito al servicio; describiendo los hechos que constituyen la infracción, señalando lugar, fecha de la comisión y si es posible la individualización del infractor. Desde el ingreso de la denuncia, el director regional del servicio, tendrá un plazo de 10 días para dar inicio a las instrucciones del proceso sancionador (Arts.123 y Art. 129 Ley N°21.600). 
  • En caso de que un fiscalizador detecte una infracción a esta ley, podrá solicitar al Director Regional que se tomen medidas provisionales de corrección, suspensión, clausura o prohibición entre otras (Art.125 Ley N°21.600).
  • Esta ley establece sanciones pecuniarias consistentes en  multas que van desde las 1.000 UTM hasta 15000 UTM, y sanciones de carácter restrictivo, como por ejemplo prohibición temporal de ingreso y extinción o caducidad de permisos, entre otras (Art. 120 Ley N°21.600). Estas sanciones serán aplicadas sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pueda enfrentar el infractor.

Pros de contar con este nuevo servicio:

– Está ley viene a complementar y robustecer la institucionalidad ambiental chilena, creando un servicio público descentralizado e independiente que vele por la conservación de la biodiversidad en su totalidad.

– Establece la protección de las áreas protegidas, las cuales comprenden el conjunto de áreas del Estado, privadas, terrestres, acuáticas, marinas, continentales e insulares. 

– Establece formas de fiscalización y sanciones por los daños causados por particulares y privados a la biodiversidad.

– Desde ahora los proyectos y actividades al interior de las áreas protegidas deberán respetar la categoría y objeto de protección del área y ser compatibles con su plan de manejo.

– Está Ley consagra los siguientes instrumentos de conservación de la biodiversidad:

  1. Sistema de información y monitoreo de la biodiversidad.
  2. Planificación para la conservación de la biodiversidad.
  3. Instrumentos para la conservación de ecosistemas.
  4. Instrumentos para la protección y manejo sustentable de humedales: Elaboración de inventario nacional de Humedales (Art.39 Ley N° 21.600), Establecimiento de criterios indicativos para el uso sustentable de humedales (Art.40 Ley N° 21.600), Permiso para la alteración física de humedales no inventariados como sitios prioritarios (Art.41 Ley N° 21.600).
  5. Instrumentos para la conservación de especies y su variabilidad genética.
  6. Instrumentos económicos de conservación de la biodiversidad.

Referencias

Ley 21.600 de 2023. Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SBAP). Promulgación 21 de agosto de 2023. Publicación 06 de agosto 2023.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1195666